Una enmienda de CC a la Ley de Volcanes incorporó un artículo que impide publicar las ayudas económicas a los afectados

Una enmienda de CC a la Ley de Volcanes incorporó un artículo que impide publicar las ayudas económicas a los afectados

Plataneras sembradas sobre las coladas del volcán. EFE

La Ley de Volcanes, aprobada por unanimidad por el Parlamento de Canarias el pasado mes de septiembre, incluyó una enmienda de CC, concretamente con la inclusión del artículo 10.6, mediante el cual, “con efectos retroactivos”, las ayudas económicas destinadas a compensar el “valor de lo perdido” quedan exentas de publicación. Una disposición que el texto que los afectados registraron, tras recoger más de 18.000 firmas para impulsar una Iniciativa Legislativa Popular (ILP), no recogía.

Este artículo, ahora con rango de ley, es similar al 11.5 de la orden de la Consejería de Presidencia del Gobierno de Canarias que regula la concesión directa de estas ayudas y que, en julio de 2024, estableció que “las ayudas concedidas a personas físicas no serán objeto de publicación ni difusión por afectar a su intimidad personal y familiar”.

En el pleno del Parlamento de Canarias celebrado esta semana, la diputada del PSOE, Nayra Alemán, reclamó a la consejera de Presidencia, Nieves Lady Barreto (CC), “la relación de personas beneficiarias de las ayudas destinadas a compensar esos perjuicios económicos que supuso el volcán de La Palma”, algo que recordó “se lo hemos solicitado aquí ya varias veces”.

Artículo 10.6 de la Ley de Volcanes.

“Usted se olvida de que hay una ley de subvenciones que le obliga a conocer dónde va cada céntimo de dinero público”, dijo Alemán, quien acusó a la consejera de querer “estar por encima de la ley”, ya que “en este país se sabe adónde va cada céntimo de dinero público, salvo el que pasa por su mano y va destinado a La Palma”.

“Dígalo abiertamente, diga que usted no lo publica porque no le da la gana”, apuntó la diputada socialista, quien reprochó a la consejera vulnerar sus “derechos” como parlamentaria.

Alemán finalizó recordando que “si usted estuviese tan segura de que no debe publicarlo, no hubiese ordenado incluir un artículo en la Ley de Volcanes, con carácter retroactivo, para que no se sepan los beneficiarios, que, por cierto, el PP también votó a favor, y por eso salió adelante”.

Artículo 10.5 de la orden del Gobierno de Canarias que regula la concesión directa de ayudas a afectados.

BARRETO (CC): “CUMPLIMOS UNA ORDEN NORMATIVA, CON INFORME JURÍDICO FAVORABLE, QUE NOS REGULA CÓMO SE TIENEN QUE PUBLICAR LAS AYUDAS”

Por su parte, la consejera de Presidencia, Nieves Lady Barreto, manifestó que “tanto es que nos sometemos a la ley, no yo, toda nuestra Consejería, que cumplimos una orden normativa, con informe jurídico favorable, que nos regula cómo se tienen que publicar las ayudas, que no subvenciones”.

Barreto insistió en que “se publica todo en el boletín, menos el nombre de la persona, por las razones que usted ya conoce, porque tiene los informes entregados”, y recordó que tanto la diputada socialista como quienes lo han solicitado tienen “a disposición todos los expedientes para que los consulte” y pueden “preguntar todo lo que quiera”.

“Cuando digo todos, me refiero desde la documentación presentada por los particulares en los registros, las tasaciones públicas realizadas, los informes jurídicos, técnicos, económicos, los recursos de reposición, si los han presentado, las resoluciones de pago, donde usted puede comprobar los datos y las cantidades pagadas, donde se descuentan los datos del Consorcio, los 30.000, si los hubo, los 60.000, las modificaciones de documentación, etcétera, etcétera, etcétera”, indicó

Barreto hizo referencia a la resolución de la Comisionada de Transparencia que obliga a su Consejería a publicar la identidad de los beneficiarios. “Lo que contempla esa resolución no es correcto conforme a lo que nosotros estamos haciendo ni a la normativa que estamos aplicando”, afirmó.

La consejera explicó que “hemos intentado presentar un recurso de reposición, no ha podido ser porque no lo permitía la resolución, por lo tanto, hemos presentado un contencioso. Y lo que digan los tribunales, haremos sometimiento absoluto a las leyes y a los propios tribunales”.

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